La ordenanza de ocupación de la vía pública del Ayuntaminto de Valencia establece que todos aquellos bares que tengan deudas por vía ejecutiva, es decir, con el plazo vencido para el pago en periodo voluntario, correrán el riesgo de perder la autorización.
Así lo recoge el artículo 17 de las condiciones que deben tener las empresas y particulares que presenten una solicitud. El texto dice que «las personas físicas o jurídicas que soliciten autorización para ocupar el dominio público u opten a una concesión demanial, deberán estar al corriente en los pagos al ayuntamiento por cualquier concepto, no pudiendo tener deudas de ninguna naturaleza que se encuentren en periodo ejecutivo».
De esta manera, el consistorio se asegura un aumento en el porcentaje de cobro de impuestos, tasas y hasta multas de tráfico impagadas, debido a que la normativa no precisa ninguna diferencia. Baste decir sobre esto último que el pasado año, la contrata municipal sólo logró cobrar una de cada cuatro sanciones.
Además se exije que empresas y particulares deberán «mantener esa condición durante todo el período de ocupación, dando lugar el incumplimiento de dicha obligación a la extinción del título habilitante».