La patronal y los sindicatos de clase firmaron recientemente en Madrid un nuevo acuerdo marco de carácter estatal para el ámbito de la hostelería.
Un de las más importantes modificacviones que presenta este acuerdo marco está en la instauración de la conocida como «movilidad funcional»; un apartado que permitirá a los empresarios «en momentos concretos y razonados atendiendo a las exigencias de las distintas temporadas» hacer que los trabajadores puedan rotar en sus puestos de trabajo.
En ningún caso, los profesionales tendrán que hacer frente a tareas para las que no estén lo suficientemente formados, aunque sí se permite de manera puntual, cuando concurran causas económicas y organizativas y la medida esté debidamente justificada. Por lo tanto se trata solamente de una fórmula que podrá aplicarse en momentos en los que la carga de actividad lo requiera.