AL DÍA LABORAL – INCAPACIDAD PERMANENTE
El Tribunal ha rechazado la solicitud de incapacidad de la recurrente, que alegaba imposibilidad para desarrollar su trabajo
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Laboral – 09/04/2015
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra sentencia desestimatoria del Juzgado de lo Social número diez de Málaga, sobre IP. La Sala declara que las lesiones de la recurrente, no son constitutivas de invalidez permanente en grado alguno, no impidiendo a la demandante la realización de las fundamentales tareas de su profesión habitual como cocinera, máxime si se tiene en cuenta el carácter discreto de las lesiones padecidas y la escasa repercusión funcional de las mismas, pues no presenta limitaciones importantes en la movilidad de los miembros superiores y del raquis cervical, no tiene contracturas musculares valorables, el vértigo periférico es benigno y la funcionalidad de ambas manos se encuentra conservada; sin perjuicio de que pueda permanecer en situación de baja por incapacidad temporal durante los períodos álgidos de la enfermedad.
Puede leer el texto completo de la Sentencia en www.ksp.es Marginal: 69342281