EL RUIDO: ATENCIÓN, IMPORTANTÍSIMA SENTENCIA EN LA QUE SE EVIDENCIA QUE EL RUIDO ES CAUSA SUFICIENTE PARA EL CIERRE DE UN LOCAL.
La Sentencia de la Audiencia Provincial de La Coruña va más allá y dice: “es que, con independencia de si se sobrepasan o no los 30 decibelios en horario nocturno o los 35 en diurno, sí afecta a la calidad de vida de los moradores de las viviendas de las plantas superiores. Les perturba en el sueño, tanto en su duración, como a la calidad; e impide una convivencia normal en la intimidad del hogar durante el día”. ESTAMOS PUES EN PRESENCIA DE UNA ACTIVIDAD MOLESTA, Y PROCEDE EL CIERRE DE LA MISMA
Así lo viene a decir la Sentencia de la Audiencia Provincial de la Coruña 05-04-2011. Pide más información en la página número 59 de esta revista.
EN RESUMEN ahora para poder cerrar un local no es necesario ni tan si- quiera que el ruido llegue al mínimo de decibelios, basta con que perturbe la convivencia normal en la intimidad del hogar.