Permitirá instalar en bares y restaurantes pantallas táctiles para realizar apuestas deportivas o de casino
La competencia en materia de juego está transferida a las Comunidades Autónomas, no existiendo hasta el momento una norma que regulase la oferta y participación en juegos que superasen esa limitación territorial. El rápido crecimiento de la oferta de juego online y la transición, cada vez más evidente, de los jugadores presenciales a las páginas web de apuestas y juegos de casino han sido determinantes para que, a pesar del retraso con respecto a otros países de la UE, vea la luz esta ley.
Hasta el momento, es evidente que operadores de juego con licencia en otros países venían operando en nuestro país a través de Internet adquiriendo cada vez una mayor relevancia y cuota de mercado. Esta situación, de alegalidad para algunos o de ilegalidad manifiesta para otros muchos, se ha mantenido durante este tiempo por la falta de una regulación específica en la materia y por la importancia que estaban adquiriendo empresas del sector en ámbitos como el patrocinio de entidades deportivas y medios de comunicación.
EN BREVE
Con la entrada en vigor de la nueva ley Codere, Cirsa o Reta, están preparando su entrada en el sector de juego telemático para, entre otros, la comercialización de terminales de pantalla táctil para establecimientos de hostelería, a través de los cuales se puedan realizar apuestas deportivas o de otra índole, como juegos de habilidad o de casino.
EL OPERADOR QUE PRESTE LA OFERTA DE JUEGO TELEMÁTICO A TRAVÉS DE ESTOS TERMINALES PUEDE TENER AHORA LICENCIA NACIONAL
LICENCIAS
Llegados a este punto, todo operador que quiera seguir prestando sus servicios en España ha de obtener previamente el correspondiente título habilitante, no siendo válidos ninguna licencia o autorización otorgados por otros países, ni siquiera los miembros de la Unión Europea. Todos estos operadores deberán concurrir al procedimiento público de otorgamiento de licencias que, según las previsiones, comenzará en el mes de noviembre ya que la resolución del primer procedimiento ha de realizarse antes del 1 de enero de 2012.
Las empresas que quieran solicitar una licencia deberán cumplir unos requisitos mínimos que se incluirán en el pliego de bases de cada procedimiento. El Ministerio de Economía y Hacienda ya ha hecho saber algunas barreras de entrada que se están barajando como pueden ser, entre otros, disponer de una sede permanente en España, tener un capital social de, al menos, 100.000 euros y depositar una fianza de hasta 2,2 millones de euros, aunque para los concursos será de 250.000 euros. Asimismo, se valorará positivamente entre los criterios de otorgamiento de la licencia la experiencia, solvencia y medios que posean los licitadores concurrentes.
Por su parte, la autorización para juegos de loterías continúa reservada a la recién creada SELAE (Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado) y ONCE.
COMISIÓN NACIONAL DEL JUEGO
El organismo encargado de velar por el adecuado funcionamiento de este sector será la Comisión Nacional del Juego, creada al efecto y dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda. Será el encargado de autorizar, supervisar y controlar las actividades relacionadas con el juego a nivel nacional y sancionar aquellas que no se ajusten a lo estipulado en la ley.
MÁQUINAS EN BARES Y RESTAURANTES
Con la entrada en vigor de la nueva ley, operadores que hasta el momento se dedicaban al juego tradicional o presencial, como Codere, Cirsa o Reta, están preparando su entrada en el sector de juego telemático para, entre otros, la comercialización de terminales de pantalla táctil para establecimientos de hostelería a través de los cuales se puedan realizar apuestas deportivas o de otra índole, como juegos de habilidad o de casino.
La licencia para la instalación de este tipo de máquinas ha de otorgarse por la Comunidad Autónoma en la que se instalen los terminales por lo que, hasta el momento, solamente podían encontrarse en los locales habilitados en Madrid, País Vasco, Navarra o Aragón, si bien, el operador que preste la oferta de juego telemático a través de estos terminales puede tener ahora licencia nacional. Es por este motivo que Comunidades como la Valenciana se están apresurando a desarrollar normativa específica que permita el otorgamiento de este tipo de licencias.
La mayoría de Comunidades Autónomas, incluidas algunas de las citadas, se encuentran en este momento en fase de estudio acerca de la idoneidad de la autorización de este tipo de máquinas en establecimientos de hostelería debido al fácil acceso por menores o personas con problemas de salud relacionados con el juego. En este sentido, Aragón y Madrid permiten, incluso, la presencia de estas máquinas en establecimientos deportivos.
PERIODO TRANSITORIO
La Ley establece un periodo transitorio de aplicación del régimen sancionador, posponiendo su entrada en vigor a la resolución del primer procedimiento de otorgamiento de licencias, esto es, al 1 de enero de 2012, si la resolución no se hubiera publicado con anterioridad.
Por Joaquín Muñoz / Abanlex Abogados