Acuerdo entre el Ayuntamiento de Salamanca y la Escuela de Hostelería para mejorar el sector
El Ayuntamiento de Salamanca y la Asociación de Empresarios de Hostelería han acordado constituir una comisión de trabajo para dinamizar la actividad económica, mejorar la calidad que ya ofrece este sector y defender los más de 5.000 puestos de trabajo vinculados a dichos establecimientos.
La comisión, cuando quede formalizada, se dedicará a resolver los problemas puntuales que surjan y su principal objetivo será incidir en la creación de oportunidades para que el sector siga siendo competitivo.
El alcalde, Alfonso Fernández Mañueco, que presidió la reunión con los representantes de la Asociación de Empresarios de Hostelería, resumió que la meta final es que las personas de Salamanca “sigan viendo en este sector una fuente de oportunidades y se sientan orgullosos de la calidad que ofrece”.
El 85% de los restaurantes de alta cocina valencianos incorpora la innovación
Según el estudio desarrollado por investigadores del Grupo Cuina y del Departamento de Organización de Empresas de la Universitat Politecnica de Valencia (UPV), el 85% de los restaurantes de alta cocina de la Comunitat Valenciana incorpora la innovación a sus modelos de negocio destacando especialmente el efecto de marca y diferenciación de la I+D+i, su incidencia en la calidad del servicio ofrecido y el liderazgo de los chefs innovadores como referentes del sector.
Por otro lado, como factores barrera relevantes a la hora de apostar por la I+D+i el informe apunta especialmente a unos riesgos económicos excesivos, el elevado coste de la innovación, la carencia de fuentes de financiación y la falta de sensibilidad de los clientes a nuevos bienes o servicios.
La hostelería contra las tasas del Gobierno balear para envases y superficies comerciales
Las asociaciones de hostelería, tanto del ámbito nacional como el insular, así como la Confederación de Empresarios y la Cámara de Comercio de Baleares han hecho frente común contra las tasas del Gobierno balear para envases y superficies comerciales.
El acuerdo ha venido propiciado por la intención del Gobierno balear de imponer nuevos impuestos. En concreto el impuesto a los envases ha suscitado polémica ya que estas asociaciones consideran que bajo la supuesta finalidad medioambiental se oculta un fin puramente recaudatorio, porque el dinero recaudado no se destinará ni al tratamiento, ni a la recogida de los envases y tendrá un efecto económico negativo en los consumidores y en la competitividad de las empresas, y como resultado un impacto directo de dos puntos en el IPC balear.
El dueño de un restaurante lo convierte en un comedor social
El propietario del restaurante, Luis Cabrera, lo ha convertido en un comedor social sin contraprestación o subvención alguna.
Este propietario de la Brasería Cabrera del barrio de Bonavista en Tarragona, distribuye menús entre los más necesitados, compuestos por un primer plato, un segundo y postre.
Con esta iniciativa, pretende que otros restaurantes y bares se sumen a la iniciativa y puedan distribuir comidas entre aquellos que lo necesiten.
Prohibición de publicidad exterior de bebidas alcohólicas en la calle
Un Tribunal declara ilegal la publicidad exterior de bebidas alcohólicas cuando superen los veinte grados centesimales.
La sentencia de un Juzgado de Madrid responde a una demanda de la Asociación de Usuarios de la Comunicación contra una publicidad de una marca de ron situada en la vía pública.
Aunque la publicidad estaba colocada en un solar, su efecto visual daba a una acera pública y hay que recordar que la normativa madrileña prohíbe la publicidad de bebidas alcohólicas en la vía pública.
No es la primera vez que un tribunal se pronuncia sobre la cuestión, dado que la Audiencia Provincial de Madrid y el Tribunal Supremo ya entendieron que la normativa madrileña, al igual que la de otras CCAA, prohíbe la publicidad de las bebidas alcohólicas de alta graduación en la vía pública.
El turismo en Europa acumula cuatro meses de descensos
El turismo, uno de los dos motores que aún mantienen a flote a la economía española, comienza a padecer el impacto de la recesión europea y acumula ya cuatro meses de caídas.
La tendencia negativa, que empezó con el descenso del 3,2% de octubre del año pasado, parecía frenarse con el citado crecimiento nulo (0,2%) de noviembre, para volver a caer el 1,3% en diciembre y un 2,6% el pasado mes de enero, último con datos oficiales.
Con esta serie de retrocesos la entrada de turistas acumula una caída del 1,7% en el último cuatrimestre y, a diferencia de la caída de abril, por el efecto del cambio de fechas de la Semana Santa, en esta ocasión no existe ningún factor estacional que permita explicar la tendencia negativa.
España, cuarto país del mundo más competitivo en turismo, solo adelantado por Suiza, Alemania y Austria
Estos datos se han publicado en el informe bianual sobre turismo del Foro Económico Mundial, que destaca la subida de cuatro puestos de España respecto al 2011.
Este informe, basado en la legislación, sostenibilidad medioambiental, seguridad, infraestructuras, política y recursos culturales de cada país, destaca la importante herencia cultural de España, lo que la lleva a la primera posición en este ámbito.
Además España también obtiene una buena puntuación en lo que a infraestructuras y trasporte se refiere.
Londres acoge el espacio gastronómico español más grande de Europa
Se trata de Hispania London, un local de 950 metros cuadrados en el corazón de la ciudad londinense dedicado a la gastronomía española. Es la culminación de una iniciativa de cuatro empresarios asturianos a la que se ha sumado el cocinero Marcos Morán (Casa Gerardo, una estrella Michelin, tres soles Repsol).
El establecimiento está situado en Lombard Street y se divide en dos plantas en las que se ubicarán un bar de tapas, un restaurante de 40 plazas, una tienda gastronómica con delicatessen, charcutería y quesos», un bar de copas y una sala para acoger eventos.
Detrás de Hispania London hay una inversión «muy importante», capitaneada por Javier Fernández Hidalgo, presidente de la Cámara de Comercio de España en Londres -donde comenzó sus actividades con Ibérica Food Culture, una tienda y restaurante especializados en productos españoles- y compartida por otros tres empresarios asturianos.
Aumenta el gasto de los turistas extranjeros en España
Según los últimos datos publicados por el Instituto de Estudios Turísticos, correspondientes al mes enero, el volumen de gasto turístico internacional fue de 2.826 millones de euros, un 6,5% más que en el año anterior.
Francia, países nórdicos, América Latina y otros países lejanos fueron los principales impulsores de este crecimiento, que vino acompañado de un crecimiento en sus llegadas. Por su parte Alemania y Reino Unido que minoraron sus llegadas este mes, mostraron un comportamiento dispar en el gasto, disminuyó el del primero y subió moderadamente el del segundo. El gasto medio por persona aumentó en 88 euros con respecto a 2012, y el gasto medio diario fue de 10 euros más.
Los indicadores de gasto restando el componente del transporte también fueron positivos, pero con subidas ligeramente más suaves. Cataluña y Comunidad Valenciana han sido las principales beneficiadas por el incremento del gasto.
NH Hoteles amplia capital un 20 % para dar entrada a un inversor chino
NH Hoteles dará entrada al grupo chino HNA en su accionariado con una participación del 20% mediante la suscripción de una ampliación de capital por importe de 234,28 millones de euros, un 45,7% inferior a los 431,6 millones de euros de su primera oferta lanzada en mayo de 2011, según ha informado la compañía en un hecho relevante enviado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
La transacción, autorizada por las autoridades chinas correspondientes, se realizará a través de la suscripción y desembolso de una ampliación de capital, con exclusión del derecho de suscripción preferente, mediante la emisión de 61,65 millones de nuevas acciones ordinarias, equivalentes al 20% del capital, a un precio de 3,80 euros.
La ampliación, aprobada este miércoles por el consejo de administración de la hotelera será desembolsada por HNA mediante el pago de efectivo de 234,28 millones. Para garantizar las obligaciones derivadas del acuerdo, HNA ha depositado, ya 20 millones de dólares (15,2 millones de euros). Se espera que la ampliación de capital se produzca a mediados de abril, cuando el grupo chino HNA ostentará un 20% de NH Hoteles.
El Ayuntamiento de Sevilla y los hosteleros crean una lista del «patrimonio gastronómico»
El Ayuntamiento de Sevilla y la asociación de empresarios del sector de la hostelería difundirán en 2013 lo mejor de la oferta gastronómica de la ciudad mediante la creación de la figura del «patrimonio gastronómico de Sevilla», en torno a la cual esperan reunir los mejores platos, tapas, vinos y negocios de restauración. Se trata de uno de los aspectos clave del plan de acción de turismo gastronómico que promueven ambas partes.
El concejal delegado de Empleo, Economía, Fiestas Mayores y Turismo del Ayuntamiento de Sevilla, Gregorio Serrano, ha presentado este martes junto con el presidente de la Asociación de Hostelería de Sevilla, Pedro Sánchez-Cuerda, el plan de acción de Turismo Gastronómico de Sevilla y las II jornadas gastronómicas de la naranja de Sevilla.
Partiendo del valor de la gastronomía como un atractivo más de la oferta turística de Sevilla, Serrano y Sánchez-Cuerda han explicado que el mencionado plan contempla, para este año, la creación del sello patrimonio gastronómico de Sevilla, gracias al cual se difundirán «las tapas, productos y establecimientos que son patrimonio de Sevilla y también se reconocerá la labor de los nuevos emprendedores sevillanos en esta área».
El sector de la restauración aporta el 1,5% del PIB español
Según los datos extraídos del informe El Mercado de Hostelería y Colectividades elaborado por la consultora DBK, el sector de los restaurantes movió el año pasado en España 15.080 millones de euros lo que constituye un 1,5% del PIB, si bien la facturación del sector descendió un 7,5%.
Una de las principales conclusiones del informe apunta a que el sector hostelero presenta una tendencia a la concentración, caracterizada por la desaparición de pequeñas empresas, la realización de operaciones de fusión y absorción, y la integración en cadenas por parte de establecimientos independientes.
Condenan a un pub por un delito de contaminación acústica
Un juzgado de lo penal de Sevilla condena a dos años de prisión, el pago de una indemnización de 93.000 euros y de una multa de 2.300 euros, e inhabilitación de 12 meses para el ejercicio, al dueño de un pub por el excesivo ruido de su establecimiento.
A consecuencia de la contaminación acústica padecida, la pareja propietaria de la vivienda sufrió un trastorno adaptativo, que ha hecho que tanto éste como su mujer sufran un síndrome ansioso-depresivo con trastornos del sueño, precisando asistencia psiquiátrica y tratamiento farmacológico del síndrome depresivo.
El juez en este caso afirma que existe un daño actual y no meramente potencial, al haber afectado el ruido a la salud de los vecinos denunciantes.
El cierre de Orizonia pone en peligro el pago de las deudas a los hoteleros
El director del grupo turístico Orizonia, José Duato, ha anunciado ya a los trabajadores que la empresa presentará un concurso voluntario de acreedores con un Expediente de Regulación de Empleo (ERE), que afectará a entre 3.000 y 3.500 empleados, dado que se va a cerrar parte de la compañía.
Esta situación causa gran preocupación en el sector hotelero, especialmente el de las localida
des de Benidorm y Costa Blanca que han comunicado ya un millón de euros en deudas, cifra que podría incrementarse.
La deuda está muy repartida, afectando muy negativamente a los pequeños establecimientos, ya que trastoca notablemente su cuenta de resultados. No obstante, han señalado que desde el año pasado ya se estaba trabajando con el turoperador en muchos hoteles con pago por adelantado y que en otros casos en los que Orizonia no aceptaba ni prepago ni depósitos, hubo establecimientos que decidieron no contratar con el turoperador.
Canarias: en los últimos cinco años, 328 restaurantes menos
De los 15.838 bares y restaurantes que había hace cinco años se ha pasado a 15.510, ello supone un descenso de casi el 3%, según los últimos datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística.
Si a estos locales se suman el resto del sector de la hostelería (hoteles, campings y otros tipos de alojamientos), la pérdida es algo mayor, ya que en 2007 hacían un total de 18.263 y ahora son 17.714, es decir, 549 menos.
FEHR promoverá una plataforma de reservas para restaurantes
La Comisión de Desarrollo Sectorial de la Federación Española de Hostelería acordó impulsar la creación de una plataforma única para todo el país y para todos los asociados a las organizaciones hosteleras, de comercialización de restaurantes en internet. Las necesidades de presencia en internet de los establecimientos de hostelería dispondrán así de una herramienta que permita mejorar las condiciones de competencia y posicionamiento de las empresas de restauración y que redunde en un beneficio mutuo de consumidores y empresarios.
La Comisión de Desarrollo Sectorial ha sido creada por acuerdo de la Junta Directiva de FEHR. Está compuesta por directivos y profesionales de las asociaciones de hostelería y tiene como objetivo proporcionar propuestas, contenidos, acciones y proyectos concretos que permitan evolucionar y consolidar su posición a las asociaciones empresariales del sector hostelero integrado en FEHR.
Restaurantes: las aceiteras deberán sustituirse por monodósis
La Comisión Europea ha aprobado una normativa en virtud de la cual todo aquel aceite que se sirva en un establecimiento hostelero de la Unión Europea debe de venir en un envase monodosis que no pueda ser reutilizado una vez abierto, además de estar etiquetado de forma visible para que los consumidores puedan conocer no solo el origen y la calidad del aceite que les están ofreciendo, sino también la fecha de envasado, si tenemos en cuenta que el periodo de conservación no puede exceder más de dieciocho meses.
De momento se ha votado la propuesta el miércoles pasado y se prevé entre en vigor para enero del 2014.
Fitur 2013: aumenta el número de visitantes, sobretodo extranjeros
En la edición de 2013, Fitur contaba con 500 empresas menos y un 9,6% menos de superficie. Las cifras definitivas presentadas por el certamen confirman que la superficie neta se redujo un 10% hasta los 56.690 metros cuadrados, mientras que el número de empresas expositoras se situó en 8.979, un 5,5% menos que un año antes.
La menor presencia de empresas, 527 menos, en Fitur 2013 se tradujo en un 2,65% menos de profesionales participantes, entre visitantes y expositores, aunque el número de los primeros se incrementó ligeramente, un 1,32% hasta aproximarse a los 64.500, porcentaje que alcanzó un aumento del 7% en el caso de los extranjeros.
En cuanto a los expositores, los sectores más representados han sido el de hostelería (31,4%) y los organismos oficiales españoles (24,3%), frente a formación (0,6%), infraestructuras (aeropuertos, puertos…), con un peso del 0,9%, y turismo residencial (1,1%), los últimos del ranking.
Entre los visitantes profesionales los más asiduos han sido los procedentes de mayoristas y turoperadores (18,3%), hostelería (14,8%) y agencias de viaje (14%); los mismos sectores por los que, alterando ligeramente el orden, han mostrado interés: mayoristas y turoperadores (15,5%), agencias de viaje (12,8%) y hostelería (11,3%).
Los trabajadores españoles que comen fuera de casa prefieren el menú a la carta y la comida casera a la de fast food
Según la investigación realizada por la Federación de Usuarios-Consumidores Independientes (FUCI), el 58% de los ciudadanos que salen cada día a trabajar optan por comer de menú, mientras que solo un 4% lo hace a la carta. Además, un 37% se llevan la comida de casa, un porcentaje creciente desde 2010, fecha del último estudio de FUCI.
En general, los españoles siguen siendo más carnívoros (17%), aunque crece el porcentaje de personas que comen pescado (12%). La mayoría de los consumidores eligen restaurantes cercanos a su lugar de trabajo que disponga de menús económicos de comida casera, mientras que va descendiendo los que optan por la llamada fast food.
Grupo Zena, con 490 restaurantes, adecuará salarios a resultados para preservar empleo
El Grupo Zena, que cuenta con 490 restaurantes de comida rápida (entre otros Burger King, Cañas y Tapas y Dominos Pizza) y más de 7.000 empleados, ha pactado con los sindicatos establecer una adecuación de los salarios a la evolución de los resultados de este año y el próximo dada la situación de demanda interna y para evitar la caída del empleo.
Así, la compañía abonará una paga única y no consolidable a los empleados de los grupos IV, III, II y I, exceptuando el personal directivo, del 1,5% de la retribución mínima garantizada (RMG) si el resultado bruto de explotación (Ebitda) se sitúa entre 36 y hasta 39 millones de euros en 2013, y del 2,5% si es igual o superior en 39 millones en 2014.
El pago de dichas cuantías, que no son acumulables en ningún caso, será lineal y proporcional a la jornada de cada trabajador, y se efectuarán durante el primer trimestre de 2014 y 2015
La hostelería consigue más de 110.000 euros para luchar contra la desnutrición infantil
La campaña Restaurantes contra el Hambre (15 de septiembre-15 de noviembre de 2012), que ha contado con el patrocinio de Calvo y Makro y el apoyo de la Federación Española de Hostelería (FEHR), se consolida como una fórmula que une gastronomía y solidaridad.
Los clientes de los 535 restaurantes de 50 provincias participantes, han tenido la oportunidad de elegir los platos solidarios contribuyendo así a la lucha contra la desnutrición infantil, que acaba con la vida de 6.800 niños y niñas cada día.
Xavier Pellicer deja Can Fabes
El chef Xavier Pellicer abandona la dirección de la cocina del restaurante Can Fabes de Sant Celoni (Barcelona), que fundó el desaparecido cocinero Santi Santamaría. Pellicer anunció esta decisión a través de su perfil en Facebook, donde ha publicó: «fin de una etapa, gracias a todos los que me han ayudado a ser quien soy».
En conversaciones posteriores con diversos medios de comunicación y portales gastronómicos, el propio Pellicer aseguró que la decisión se ha tomado «de mutuo acuerdo» con la propiedad del restaurante, la familia de Santi Santamaría.
Reconocimiento a los cocineros madrileños con estrella Michelín
13 restaurantes de la Comunidad de Madrid cuentan con 19 estrellas Michelin, una cifra importante que apunta a la calidad de la gastronomía en la región. El presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, acompañado del consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Borja Sarasola, hizo entrega de un diploma de reconocimiento a 20 grandes cocineros de la región distinguidos con estrellas Michelin, soles Repsol u otros importantes galardones culinarios.
El acto se celebró en las Bodegas Tagonius. Los galardonados fueron los cocineros Óscar Velasco, Diego Guerrero, David Muñoz, Salvador Gallego, Juan Antonio Medina, Fernando del Cerro, Mario Sandoval, Rodrigo de La Calle, Ricardo Sanz, Mario Payan, Abraham García, Pedro Larumbe, Juanjo López Bedmar, Juan Pozuelo, Juan Pablo Felipe, Joaquín Felipe, Darío Barrio, Paco Patón, Jesús Almagro, e Iván Muñoz, el último cocinero madrileño en recibir la estrella Michelin.
24.-Quique Dacosta abrirá restaurante en Madrid
El cocinero Quique Dacosta, con tres estrellas Michelin, abrirá un restaurante «de máximo nivel» a finales de este año en Madrid, su primer establecimiento fuera de la Comunitat Valenciana. El futuro restaurante madrileño de Quique Dacosta se sumará a los cinco espacios que ya regenta el chef en Dénia, en Valencia capital y en el aeropuerto alicantino de El Altet.
El restaurante abrirá sus puertas a partir de noviembre de 2013, coincidiendo con el cierre anual de su casa madre en Dénia, Quique Dacosta Restaurante, para investigar nuevas recetas.
Inversión hotelera en España, desciende a la mitad en 2012
La cifra de inversión hotelera en España en 2012 se situó en 419,4 millones de euros, lo que representa casi un 50% menos con respecto al año anterior (828,9 millones de euros). El volumen total alcanza niveles de inversión similares a los obtenidos durante los años previos a la entrada en vigor del euro, revela el informe «Radiografía del mercado hotelero en España 2012» de Irea.
El número de hoteles adquiridos en 2012 sufre una muy leve variación con respecto a 2011. Sin embargo, no ocurre lo mismo con el volumen de inversión total que se ve reducido a casi la mitad. Esto sugiere una importante disminución del precio medio como consecuencia principalmente de la nula presencia en 2012 de operaciones de compraventa sobre activos prime o singulares respecto a años precedentes.
LO QUE DICEN LOS JUECES
1.-Desestimada la concesión del ayuntamiento para instalar un chiringuito-bar en una playa porque es posible instalarlo en una urbanización cercana
Sentencia de la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso, de fecha 18 de Enero de 2013.
Se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la expresada resolución.
La Sala declara que en el análisis del recurso hay que tomar en consideración que la solicitud de concesión es de un bar-chiringuito, instalación fija, no desmontable, como así se reconoce en el acuerdo municipal, siendo la ocupación de la instalación proyectada de 291,43 m2 sobre el dominio público marítimo-terrestre.
Instalación, que se trata de ubicar en un tramo de costa de marcado carácter regresivo y en el que se ha llevado a cabo la remodelación del paseo marítimo (que, como informa el Jefe Provincial de Costas, ya significó una importante ocupación del dominio público) junto con la restauración dunar del frente de la playa, y además en una zona que cuenta con una urbanización colindante, desde la que se pueden prestar esos servicios (y por tanto pueden tener otra ubicación) a los usuarios de la playa.
Por lo que a la vista de las circunstancias concurrentes y al amparo de los artículos 32.1 y 33.3 de la Ley de Costas y 60 y 64.3 de su Reglamento, procede desestimar el recurso interpuesto.
Disponible en www.bdifusion.es
Marginal: 2416610
2.-Se extingue el contrato de arrendamiento de un local porque el arrendatario se jubila
Tribunal Supremo – 21/01/2013 – Sala Primera
Se declara no haber lugar al recurso de casación interpuesto por la representación procesal de procesal Dª Milagrosa y Dª Constanza contra la sentencia de 18 de septiembre de 2009 dictada por la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Ciudad Real en el rollo de apelación n.º 1112/2009 , cuyo fallo dice:
La Sala desestima el recurso de casación formulado al amparo de la existencia de interés casacional por jurisprudencia contradictoria entre Audiencias Provinciales en materia de extinción del contrato de arrendamiento por jubilación del arrendatario. Considera que el interés casacional invocado por la parte recurrente ha quedado superado atendida la doctrina jurisprudencial de la propia Sala Primera, que, en aplicación de la Disposición Transitoria Tercera de la LAU de 1994, establece que la jubilación del arrendatario determina la extinción del contrato de arrendamiento independientemente de que aquel continúe al frente de la actividad empresarial o comercial realizada en el local comercial. La sentencia impugnada en el presente recurso de casación resulta plenamente acorde con la jurisprudencia de la Sala Primera al declarar la extinción del contrato de arrendamiento por la jubilación forzosa acreditada en el proceso arrendaticio.
Disponible en www.bdifusion.es
Marginal: 2420810
3.-Se anula el despido de un camarero por no justificar la empresa las perdidas en la producción
Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, Sala de lo social, de 26 de diciembre de 2012
Se desestima el recurso de Suplicación interpuesto frente a sentencia estimatoria del Juzgado de lo Social de Segovia, sobre despido.
La Sala declara que es doctrina jurisprudencial reiterada que, respecto de las empresas de servicios, la pérdida o disminución de encargos de actividad ha de ser considerada por su origen una causa productiva, en cuanto que significa una reducción del volumen de producción contratada, y por el ámbito en que se manifiesta, una causa organizativa, en cuanto que afecta a los métodos de trabajo y a la distribución de la carga de trabajo entre los trabajadores (STS 14-6-1996, rec. 3099/1995 ; STS 7-6-2007, citada).
Sentada la doctrina anterior, de los datos consignados por la Juez de Instancia, en el inalterado relato de hechos probados, es evidente que tales datos no permiten a la empresa demandada obtener la cobertura legal que el art. 52 c) en relación con el art. 51 ET establece. Por ello, ninguna vulneración de los preceptos citados se ha producido, desestimándose por ende el presente motivo de recurso.
Disponible en www.bdifusion.es
Marginal: 2421029
4.-La Comunidad de vecinos está obligada a permitir el acceso para comprobar si se dan las condiciones legales necesarias para la concesión de una licencia de actividad de un bar-restaurante en un local comercial
Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 18 de diciembre de 2012
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia desestimatoria del Juzgado de 1ª Instancia número 50 de Barcelona, sobre impugnación de negativa de la Comunidad de Propietarios demandada, a acceder a diversos pedimentos de la parte actora, en relación con un local alquilado, a efectos de posible concesión de licencias para instalación de un bar-restaurante.
La Sala declara que del mismo modo que la arrendataria del local asumió la obligación de permitir el acceso al mismo del propietario o del administrador de la comunidad, para la realización de obras o comprobación del estado del mismo (cláusula 18ª, c/ documento 2 demanda), la Comunidad debe hacer lo propio en los elementos comunes, a los efectos de no obstaculizar la legalización administrativa de las actividades a desarrollar en ese elemento privativo.
Todo ello, es perfectamente compatible con las acciones que desarrolle o pueda desarrollar la Comunidad de propietarios ante la autoridad local, si entiende que es inviable desde la óptica de la reglamentación administrativa la actividad que se propone llevar a cabo en el local, o que son insuficientes las mediciones de ruido realizadas en las zonas comunes de la finca.
En último término, también debe ser acogida la petición del actor para que se permita la conexión de su local con la antena colectiva de televisión de la azotea, ya que la Comunidad demandada se aviene expresamente a ello al contestar la demanda.
Disponible en www.bdifusion.es
Marginal: 2421044
5.-El Ayuntamiento que no adopta ninguna medida para evitar o paliar la emisión de ruidos emitidos por un bar es responsable de los mismos
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura de 22 de enero del 2013.
Se desestima el recurso de apelación interpuesto por la Administración Local demandada contra Sentencia parcialmente estimatoria del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Cáceres, sobre denuncia de inactividad de dicha Administración en relación con ruidos intolerables padecidos por los demandantes, por funcionamiento de un bar.
La Sala declara que la responsabilidad del Ayuntamiento se funda en su inactividad, en el hecho de no haber adoptado ninguna medida para paliar la emisión de ruidos. El Reglamento de Ruidos y Vibraciones, Decreto 19/1997, le atribuye competencias para velar por el cumplimiento del mismo, entre ellas, la inspección y la imposición de sanciones. No consta que, desde que en el año 2007 tuviera conocimiento de la ilegalidad de la terraza, adoptase medida alguna para su cierre, y todo ello a pesar de las múltiples veces en que fue instado por las demandantes.
Por último, la cuantía de la indemnización se considera adecuada, en atención a la lesión en los derechos fundamentales de las afectadas, la prolongación en el tiempo y la desidia del Ayuntamiento, que no ha hecho absolutamente nada en estos años para evitarlo. Simplemente recordarle que, como Administración Pública que es, está sujeta a la legalidad y tiene la obligación de asumir el ejercicio de las potestades y competencias legalmente atribuidas, lo cual es evidente que no se ha producido.
Disponible en www.bdifusion.es
Marginal: 2421030
6.-LA EMPRESA QUE ADQUIERE EL HOTEL QUEBRADO NO TIENE LA OBLIGACIÓN DE ASUMIR A LOS ANTERIORES TRABAJADORES
Sentencia del Tribunal Supremo, sala cuarta, del 17 de diciembre del 2012
Se estima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Banco codemandado contra sentencia estimatoria, con condena solidaria a todas las codemandadas, de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Málaga, sobre despido.
La Sala declara que no hay sucesión de empresa respecto del Banco aquí recurrente, que había otorgado el préstamo hipotecario, y que en subasta judicial se adjudicó el inmueble del hotel, puesto que en ningún momento asumió ni directa ni indirectamente la explotación del hotel, que, de hecho, estaba sin actividad en el momento de la adjudicación del inmueble, sin luz eléctrica y con los contratos de la mayoría de los trabajadores suspendidos, y después extinguidos por despido mediante comunicaciones escritas de las empresa titulares de la relación de trabajo inicial.
Disponible en www.bdifusion.es
Marginal: 2421041
La empresa de restauración deberá indemnizar a la distribuidora de máquinas de tabaco pues la entrada en vigor de la prohibición de fumar no anula el contrato previamente firmado
Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 21 de enero del 2013
Se estima en parte el recurso de apelación interpuesto por las demandadas reconvinientes contra sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 74 de Madrid, estimatoria de demanda, y desestimatoria de reconvención.
La Sala declara que el nuevo marco legal alteró de manera decisiva el objeto del contrato y afectó a ambas partes en sus expectativas de ganancias derivadas de la operación, si bien respecto de ciertos locales y consiguientemente máquinas expendedoras de tabaco, cabía con una actividad de la demandada sobre los inmuebles la adaptación de los mismos, en tanto la actora nada tenía que hacer, salvo aceptar la supresión de la publicidad o la retirada de máquinas de espacios que en ningún caso permitirían la venta ni el consumo de tabaco; en este punto, la falta de adaptación de los locales resulta lógica consecuencia de su coste y justifica la decisión adoptada, por más que ello suponga una frustración de las expectativas de la actora, que únicamente por esta decisión de la demandada (justificada pero ajena a la actora) ha de ver indemnizada esta frustración a través de la vía de la aplicación de la cláusula penal prevista en el contrato, desde luego con la necesaria ponderación, atendidas las circunstancias.
Y en esa ponderación, la Sala estima adecuada la compensación a la actora en la suma de cien mil euros, por la resolución del contrato y en este sentido estima el recurso de las codemandadas. Además, estima parcialmente la reconvención, condenando a la parte actora al pago de 17.870 euros, como concepto de canon impagado en los trimestres primero a tercero de 206 y según las liquidaciones practicadas por la propia actora.
Disponible en www.bdifusion.es
Marginal: 2421042
8.-SE ABSUELVE AL BAR DE LA CAIDA DE UN CLIENTE EN SU TERRAZA
Sentencia de la Audiencia Provincial de Segovia de 28 de diciembre de 2012
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia estimatoria del Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Segovia, sobre reclamación de cantidad.
La Sala declara que se puede presumir la culpa en la realización de una actividad generadora de riesgo, pero corresponde demostrar a quién reclama los perjuicios, que el hecho generador se debió a una acción u omisión del supuesto autor, y que medió una relación de causalidad entre el acto del agente a quien se imputa el daño y el perjuicio padecido, y esa prueba no se ha producido con la incuestionabilidad que requiere la apreciación de la culpa extracontractual, correspondiendo la carga de probar, lo que no se aprecia producido en el caso examinado, a la parte que afirma tales hechos como soportes de su pretensión y de los que se deriva el efecto jurídico pretendido en la demanda.
La falta de esa prueba irrefutable de que la caída se produjo en la terraza, y de que las lesiones padecidas por la actora son consecuencia de esa caída, solo puede perjudicar a la actora, por corresponderle a ella la carga de tal prueba.
Disponible en www.bdifusion.es
Marginal: 2421043
LEYES Y REGLAMENTOS
LEGISLACIÓN ESTATAL
1.-Se publica el calendario de concursos de vinos que se celebrarán en España en 2013, que sustituye al publicado el 31 de diciembre de 2012
Resolución de 18 de febrero de 2013, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se modifica el calendario de concursos de vinos que se celebrarán durante el año 2013 en el territorio nacional. (BOE núm. 54, de 4 de marzo de 2013)
El 31 de diciembre de 2012 se publicó en el Boletín Oficial del Estado Resolución de 14 de diciembre de 2012, de la Dirección General de la Industria Alimentaria del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, por la que se publica el calendario de concursos de vinos que se celebrarán durante el año 2013 en el territorio nacional.
Posteriormente, se han recibido en esta Dirección General comunicaciones de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, como Administración reconocedora del concurso y de la organizadora Alamesa, S.L., poniendo en conocimiento del Departamento, respectivamente, un error en la cita de la edición del Concurso de Vinos del Noroeste, a celebrar en su IV edición, y la ausencia, en la publicación de la Resolución de 14 de diciembre de 2012, de los concursos «Premios Magnum» y «Vino y Mujer», en su edición 2013, ya reconocidos y publicados con el calendario del año 2012.
En consecuencia, se considera conveniente la publicación íntegra del calendario de concursos de vinos 2013, que incluye las modificaciones antedichas y sustituye al calendario que se modifica.
2.-Premio “Alimentos de España al Mejor Vino”
Orden AAA/348/2013, de 21 de febrero, por la que se modifica la Orden ARM/1915/2008, de 25 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Alimentos de España. (BOE núm. 54, de 4 de marzo de 2013)
Mediante la Orden ARM/1915/2008, de 25 de junio (modificada por la Orden ARM/2500/2011, de 13 de septiembre) por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Alimentos de España, se ha fijado el marco normativo previsto en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Los Premios Alimentos de España constituyen una de las líneas de apoyo del sector agroalimentario español desde la que la Administración General del Estado ha logrado con mayor éxito contribuir al reconocimiento del prestigio y la excelencia de los productos alimentarios españoles. Se han venido convocando anualmente desde su primera edición en el año 1987 de forma ininterrumpida, como medida de promoción y conocimiento de los productos agroalimentarios españoles. Una de las claves de su éxito es la de adaptarse constantemente a las nuevas demandas sociales, así se han ido incorporando nuevas categorías como entre otras, en 1998 el Premio «Mejores Aceites de Oliva Virgen Extra Españoles», en el año 2000 el Premio «Mejor Empresa Alimentaria Española», o en el año 2001 el Premio «Mejores Quesos Españoles». En esta ocasión, por la presente orden, se incluye como nueva categoría el Premio «Alimentos de España al Mejor Vino».
Por ello, procede modificar la Orden ARM/1915/2008, de 25 de julio.
Orden AAA/401/2013, de 11 de marzo, por la que se publica la convocatoria del Premio Alimentos de España al Mejor Vino, año 2013. (BOE núm. 63, de 14 de marzo de 2013)
Se convoca el Premio Alimentos de España al Mejor Vino, año 2013, dirigido a vinos que pertenezcan a alguna de las Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) e Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) españolas reconocidas por la Unión Europea, cuya empresa elaboradora tenga su sede principal situada dentro del territorio nacional y que hayan obtenido mejor puntuación en el Concurso Internacional de Vinos Bacchus 2013, organizado por la Unión Española de Catadores.
3.-Se aprueba la normativa básica sobre declaraciones obligatorias a efectuar por los productores y compradores de leche y productos lácteos de oveja y cabra en España
Real Decreto 115/2013, de 15 de febrero, sobre declaraciones a efectuar por los compradores y productores de leche y productos lácteos de oveja y cabra. (BOE núm. 55, de 5 de marzo de 2013)
El 30 de marzo de 2012 se publicó el Reglamento (UE) n º 261/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de marzo, que modifica el Reglamento (CE) n.º 1234/2007 en lo que atañe a las relaciones contractuales en el sector lácteo de la leche y de los productos lácteos, y que establece las declaraciones obligatorias a realizar en el sector de la leche y de los productos lácteos a partir del 1 de enero de 2015.
En ese sentido, recientemente se ha publicado el Reglamento (UE) n.º 511/2012, de la Comisión, de 15 de junio, relativo a las notificaciones sobre las organizaciones de productores y las organizaciones interprofesionales y sobre las negociaciones y relaciones contractuales previstas por el Reglamento (CE) n.º 1234/2007 del Consejo en el sector de la leche y de los productos lácteos, que desarrolla aspectos regulados en el Reglamento (UE) n.º 261/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de marzo, relacionados con las comunicaciones a realizar por parte de los Estados miembros a la Comisión.
Entre estos aspectos se encuentran las declaraciones de entregas. Para su aplicación en España, se ha aprobado el Real Decreto 1363/2012, de 28 de septiembre, por el que se regula el reconocimiento de las organizaciones de productores de leche y de las organizaciones interprofesionales en el sector lácteo y se establecen sus condiciones de contratación.
A la vista de esta nueva normativa procede armonizar el contenido de estas declaraciones en los sectores de ovino y caprino al contenido de las que se vienen efectuando en el sector del vacuno de leche.
Por otro lado, el mismo Reglamento (UE) n.º 261/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de mayo de 2012, otorga a los Estados miembros la potestad para establecer la obligatoriedad de contratos en las relaciones comerciales de la leche cruda en sus territorios.
Se hace por tanto necesario, a efectos de comprobar el cumplimiento de todas las obligaciones derivadas de las relaciones contractuales en el marco de un futuro plan de controles, disponer de información detallada de las entregas de leche cruda de oveja y cabra de los productores u otros proveedores a los compradores.
Resulta oportuno coordinar la actividad entre la Administración General del Estado y los órganos competentes de las comunidades autónomas mediante una disposición que establezca los datos mínimos que deben contener las declaraciones para que se pueda establecer una información homogénea en todo el territorio del Estado, a efectos de realizar un efectivo control en la aplicación de lo dispuesto en la normativa nacional y de realizar las comunicaciones oportunas a la Unión Europea.
Por último, debido a la entrada en vigor de esta nueva norma, procede derogar el Real Decreto 61/2011, de 21 de enero, sobre las declaraciones a efectuar por los compradores de leche y productos lácteos de oveja y cabra.
LEGISLACIÓN AUTONÓMICA
CATALUÑA
4.-Se publica el Convenio colectivo de hostelería y turismo de Cataluña para 2012-2013
RESOLUCIÓN EMO/305/2013, de 7 de enero, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Convenio colectivo de trabajo del sector de la industria de hostelería y turismo de Cataluña para los años 2012 y 2013. (Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña de 22 de febrero de 2013)
El presente Convenio colectivo para la Industria de Hostelería y Turismo de Cataluña se pacta entre la Confederació Empresarial d Hostaleria, Restauració i Apartaments Turístics de Catalunya de una parte, y de otra la Federació de Catalunya de Treballadors de Comerç, d Hostaleria, Turisme i Joc de la Unió General de Treballadors de Catalunya (FCTCHTJ-UGT).
Este Convenio colectivo afecta y obliga a todos los establecimientos y empresas, cualesquiera que sea la forma jurídica que adopten, dedicados a alguna de las siguientes actividades:
a) Hostelería
b) Alojamiento turístico, incluido el rural y los albergues, así como las casas de colonias que tengan contratado el servicio de hostelería
c) Restauración
d) Restauración colectiva, de conformidad con lo previsto en la disposición transitoria segunda.
e) Catering
f) Salas de fiestas, discotecas, salas de baile, tablaos flamencos y análogos en las categorías correspondientes al sector de hostelería.
g) Salones recreativos
h) Billares
5.-Se establece el currículo del ciclo formativo de Técnico Medio de servicios en restauración
DECRETO 117/2013, de 19 de febrero, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio de servicios en restauración. (Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña de 22 de febrero de 2013)
El Real decreto 1690/2007, de 14 de diciembre, ha establecido el título de técnico o técnica en servicios en restauración y se han fijado las enseñanzas mínimas.
El objeto de este Decreto es establecer el currículo del ciclo formativo de grado medio de servicios en restauración que conduce a la obtención del correspondiente título de técnico o técnica.
La autonomía pedagógica y organizativa de los centros y el trabajo en equipo de los profesores permiten desarrollar actuaciones flexibles y posibilitan concreciones particulares del currículo en cada centro educativo. El currículo establecido en este Decreto tiene que ser desarrollado en las programaciones elaboradas por el equipo docente, las cuales tienen que potenciar las capacidades clave de los alumnos y la adquisición de las competencias profesionales, personales y sociales establecidas en el perfil profesional, teniendo en cuenta, por otra parte, la necesidad de integración de los contenidos del ciclo formativo.
6.-Se aprueba el modelo que establece los criterios para el otorgamiento de categoría a los establecimientos de turismo rural
RESOLUCIÓN EMO/362/2013, de 18 de febrero, por la que se aprueba el modelo que establece los criterios para el otorgamiento de categoría a los establecimientos de turismo rural. (Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña de 1 de marzo de 2013)
La Orden EMO/418/2012, de 5 de diciembre, de estructuración del sistema catalán de calidad turística, establece el conjunto de herramientas e instrumentos técnicos, jurídicos, económicos y humanos que la Administración turística de Cataluña y los agentes privados del sector turístico disponen y gestionan con la finalidad de garantizar la proyección competitiva de Cataluña como destino turístico de alto valor añadido.
El sistema catalán de calidad turística se estructura en tres grandes ámbitos funcionales, que son la categorización, la especialidad y la excelencia, y está abierto a todos los establecimientos y empresas turísticos y de interés turístico debidamente inscritos en el Registro de Turismo de Cataluña, previo pago del precio público vinculado a la solicitud propia de cada modelo específico de categorización, especialidad o excelencia.
De acuerdo con el artículo 2.2 de la mencionada Orden, se entiende por modelo “el conjunto de parámetros, indicadores, evidencias, especificaciones e instrucciones técnicas que, de conformidad con los procesos y contenidos previstos en los artículos 5 y 6 de la presente Orden, definen un proyecto de categorización, especialidad o excelencia en relación con una concreta actividad turística o de interés turístico”.
El año 2010 la Dirección General de Turismo inició junto con la Confederación del Turismo Rural y el Agroturismo de Cataluña y la Confederación Catalana de Turismo Rural, que son las asociaciones que representan al mayor número de establecimientos de turismo rural de Cataluña, una prueba piloto de viabilidad de los criterios para la determinación de los indicadores y evidencias del modelo de categorización de los establecimientos de turismo rural.
Una comisión mixta de evaluación ha realizado un seguimiento de la idoneidad de los criterios hasta alcanzar un modelo de categorización que ha sido consensuado entre la Dirección General de Turismo y las mencionadas asociaciones.
7.- Se establece el currículo del ciclo formativo de Técnico Superior de gestión de alojamientos turísticos
DECRETO 126/2013, de 5 de marzo, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior de gestión de alojamientos turísticos. (Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña de 7 de marzo de 2013)
El Real decreto 1686/2007, de 14 de diciembre, ha establecido el título de técnico o técnica superior en gestión de alojamientos turísticos y se han fijado las enseñanzas mínimas.
El objeto de este Decreto es establecer el currículo del ciclo formativo de grado superior de gestión de alojamientos turísticos, que conduce a la obtención del correspondiente título de técnico o técnica superior.
La autonomía pedagógica y organizativa de los centros y el trabajo en equipo de los profesores permiten desarrollar actuaciones flexibles y posibilitan concreciones particulares del currículo en cada centro educativo. El currículo establecido en este Decreto tiene que ser desplegado en las programaciones elaboradas por el equipo docente, las cuales tienen que potenciar las capacidades clave de los alumnos y la adquisición de las competencias profesionales, personales y sociales establecidas en el perfil profesional, teniendo en cuenta, por otra parte, la necesidad de integración de los contenidos del ciclo formativo.
8.-Se aprueba el Plan de seguridad alimentaria de Cataluña para los años 2012-2016
ACUERDO GOV/27/2013, de 12 de marzo, por el que se aprueba el Plan de seguridad alimentaria de Cataluña 2012-2016. (Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña de 14 de marzo de 2013)
El Plan de seguridad alimentaria debe incluir:
a) Los objetivos de seguridad alimentaria con respecto a los ámbitos siguientes: la inocuidad de los alimentos; la sanidad, la nutrición y el bienestar de los animales; la sanidad vegetal; los productos zoosanitarios y fitosanitarios, y la contaminación ambiental, si afectan directamente a la seguridad alimentaria.
b) El conjunto de los servicios, los programas y las actuaciones que se deben desarrollar.
c) Los mecanismos de evaluación de los objetivos y del seguimiento del Plan.
Además, el procedimiento de elaboración del Plan de seguridad alimentaria debe garantizar la intervención de las administraciones, las instituciones, las sociedades científicas y los profesionales relacionados con la seguridad alimentaria, y también de la sociedad civil.
La Comisión Directora de Seguridad Alimentaria, en la sesión celebrada el día 9 de octubre de 2012, emitió informe favorable de la propuesta de Plan de seguridad alimentaria 2012-2016, que fue aprobada por el Consejo de Administración de la Agencia de Salud Pública de Cataluña en la sesión celebrada el día 28 de noviembre de 2012.
PAÍS VASCO
9.-Ampliado el plazo para instalar distintivos de identificación en el exterior de locales de hostelería hasta el 13 de julio de 2013
ORDEN de 1 de febrero de 2013, de la Consejera de Seguridad, por la que se amplia el plazo para la instalación de los distintivos de identificación en el exterior de los locales de hostelería y de espectáculos públicos a que se refiere la Orden de 25 de junio de 2012. (Boletín Oficial del País Vasco de 13 de febrero de 2013)
Con fecha 12 de julio de 2012 se publicó en el BOPV la Orden de 25 de junio de 2012, del Consejero de Interior, sobre publicidad de horarios y distintivos de identificación a instalar en los locales de hostelería y de espectáculos públicos. La citada Orden establecía en su Disposición Transitoria que los establecimientos comprendidos en el ámbito de aplicación de la presente Orden deberán instalar y adaptar la información relativa a los horarios de apertura y cierre y colocar los distintivos de identificación en el plazo de seis meses desde su entrada en vigor, es decir con fecha límite el 13 de enero de 2013.
Llegada la fecha límite establecida por la Orden, y dada la complejidad de su aplicación a un sector que como el de hostelería y espectáculos cuenta con un gran número de locales, se ha entendido conveniente ampliar el plazo fijado en la citada Orden de 25 de junio para la colocación de los distintivos de identificación.
Los establecimientos comprendidos en el ámbit